Dirección Reglamento de Admisión y Matrícula



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Dirección


Reglamento de Admisión y Matrícula

2015



TITULO I: NORMAS GENERALES


De los objetivos del reglamento:
Son objetivos del presente reglamento:

  1. Determinar los niveles de decisión, la normatividad y las estrategias del proceso de admisión de estudiantes al colegio.

  2. Reglamentar y orientar la participación de los padres de familia y/o apoderados y de los postulantes durante proceso de admisión y matrícula.

  3. Orientar la organización del proceso, en las etapas de inscripción, postulación, admisión, selección (en los niveles de 7° Básico a 3° Medio) y matrícula.

  4. Asegurar la correcta participación del personal del colegio que participa en el proceso de admisión y matrícula.

  5. Establecer los criterios, académicos, pastorales y sociales que inciden en la decisión de admisión de nuevos alumnos al establecimiento.



Capitulo 1

De los Criterios Generales de Admisión




Artículo

1:

En concordancia con lo señalado en el articulo N° 13 de la LGE, la Dirección del establecimiento cumple con explicitar a los postulantes y a sus familias, los criterios generales que orientarán el proceso de incorporación de alumnos nuevos fundamentalmente en los niveles de Prekinder y Primero Medio, y, eventualmente en cursos intermedios si procede. A saber:
I Adhesión el Proyecto Educativo Pastoral del Colegio:
El Colegio Salesiano Padre José Fernández Pérez, se declara como colegio confesional Cristiano, Católico y Salesiano. Por tanto serán priorizados alumnos que mediante entrevista manifiesten y se comprometan a participar de este proyecto.
II Financiamiento:
El Colegio Salesiano Padre José Fernández Pérez es una institución Particular subvencionada con financiamiento compartido, lo que significa que el apoderado se compromete a efectuar aportes de escolaridad de acuerdo a los aranceles conocidos y aceptados por éste.
No obstante lo anterior, el colegio, en cumplimiento con lo establecido en la Ley General de Subvenciones, provee un número determinado (15% de la matricula del colegio en los primeros niveles) de becas de escolaridad de total gratuidad para los alumnos que demuestren y certifiquen la condición socioeconómica para ello.
Al respecto es importante señalar que el número de becas de gratuidad se encuentran distribuidas de acuerdo a la demanda interna existente en el colegio.

III Género:
El colegio incorporará a sus niveles una proporción de 60% de varones y 40% de damas para los respectivos cupos disponibles para la incorporación.
IV Académico:
Los alumnos serán incorporados de acuerdo a su posición en una lista que se configurará según resultados obtenidos en los instrumentos de evaluación a que se refiere el capítulo 6 de este reglamento, con la excepción de los alumnos postulantes entre primer nivel de transición y 6° básico, pues la LGE establece en su artículo 12 que “en ningún caso se podrá considerar en cada uno de estos cursos el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante”.
Los alumnos no admitidos o no seleccionados, según el nivel respectivo, conformarán una Lista de Espera.


Capitulo 2

Del proceso de Admisión




Artículo

2:

Se entiende como proceso de admisión y matrícula al conjunto de acciones implementadas y tendientes a resolver las postulaciones para la incorporación de futuros alumnos del Colegio Salesiano, así como de los procedimientos de naturaleza administrativa -pedagógica con los cuales se formaliza dicha incorporación.




Artículo

3:

Son objetivos del proceso de admisión y matrícula:

  1. Establecer e informar el procedimiento de admisión y matrícula a los padres de familia y/o apoderados interesados en que sus hijos reciban una formación de acuerdo con la propuesta educativa pastoral del Colegio Salesiano de Puerto Montt.

  2. Explicitar el desarrollo y características del proceso de admisión y matrícula en sus diferentes etapas.

  3. Dar a conocer la secuencia y/o cronograma de actividades asociadas al proceso de admisión y matrícula.

  4. Matricular a aquellos niños (as) y jóvenes que cumpliendo los requisitos soliciten participar del proceso de admisión.

  5. Constatar las características personales de todos los alumnos postulantes y, los niveles de aprendizaje de los alumnos postulantes de 7° a 3° Medio.

  6. Entregar a los postulantes y a sus familias información clara y oportuna respecto al avance en cada una de las etapas del proceso.

  7. Ejecutar los procedimientos administrativos de incorporación formal al establecimiento (matrícula).




Artículo

4:

El objetivo del Proceso de Admisión del Colegio Salesiano Padre José Fernández es matricular a aquellos postulantes que tengan las características personales y motivacionales acordes con la propuesta educativa pastoral del Colegio y cumplan con los requisitos académicos solicitados en los niveles correspondientes.


Artículo

5:

La incorporación al Colegio Salesiano se produce al matricularse con la asignación de cupo respectiva, una vez cumplidos los requisitos que establece este Reglamento.




Artículo

6:

Para obtener la asignación de cupo el postulante deberá cumplir con las siguientes etapas del proceso:

  1. Etapa de entrega de documentación, en la que se deberán presentar los antecedentes solicitados en la carpeta de postulación.

  2. Etapa de entrevista, en la que se busca conocer y compartir las expectativas y motivaciones para la futura relación escuela-familia.

  3. Etapa de evaluación, en la que se aplicarán evaluaciones de naturaleza académica, en el nivel de Primero Medio, a fin de medir el grado de adquisición de aprendizajes fundamentales en comprensión lectora, habilidades matemáticas y habilidades generales, según su nivel de estudios, más un test de disposición a la especialidad en el caso de 1eros Medios TP y una prueba integrada de Historia y Ciencias en el caso de 1° Medio HC.

  4. Etapa de compromiso, en la que se ejecutarán las acciones de explicitación de compromisos financieros y de participación de la familia en el proyecto educativo pastoral.

  5. Etapa de formalización de matrícula, en la que se ejecutarán las acciones y se celebrarán los actos administrativos necesarios para formalizar la incorporación del postulante y su familia a la comunidad educativa pastoral salesiana.




Capítulo 3

De los cupos y los tipos de Ingreso




Artículo

7:

El Colegio declara existencia de dos canales de ingreso asociados a disponibilidad de cupos:

  1. Aquellos provocados por sistema de admisión a niveles iniciales de ciclo, en cuya virtud se establece una oferta anual de 175 cupos para prekinder, y 90 cupos para primer año de enseñanza media1.

  2. Aquellos que se produzcan por vacantes emergentes en cursos intermedios, los cuales sólo son posibles de establecer una vez realizado el proceso de matrícula regular del colegio.

En este caso el colegio implementará un proceso de preinscripción previo a la convocatoria de admisión a cupos, lo que permitirá conocer y confeccionar un banco de datos con familias interesadas en acceder a un cupo intermedio de matrícula.

Para acceder a esta base de datos, la familia deberá preinscribir a su pupilo en la Secretaría del Colegio, completando una ficha de preinscripción y presentando los documentos de respaldo en ella solicitados. El proceso de preinscripción es totalmente gratuito para el postulante.




Artículo

8:

La cantidad de cupos y vacantes establecidos en el artículo anterior, podrá sufrir variaciones debido a la posibilidad de atender y asumir la matrícula de alumnos repitentes en cada uno de los niveles de estudio.




TÍTULO II: ADMISIÓN A PREKINDER



Capitulo 4

De los requisitos de postulación




Artículo

9:

En los postulantes de educación parvularia, prekinder, se debe acreditar el cumplimiento de edad mínima para matrícula, edad que se fija en Cuatro años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo.


Artículo

10:

Los postulantes deberán cumplir con la presentación íntegra y oportuna de los documentos solicitados en la carpeta del postulante. El no cumplimiento de este requisito anula completamente su proceso de postulación, no dando lugar a reclamos posteriores o la solicitud de devolución de los valores pagados por el proceso de admisión.



Capítulo 5

De los documentos y del proceso de postulación




Artículo

11:

Los postulantes a Prekinder deberán adquirir la carpeta de postulación, la cual deberán ingresar en el plazo señalado, adjuntando los siguientes documentos:

  1. Ficha de postulación completa.

  2. Certificado de nacimiento original del postulante.

  3. Fotocopia del registro de vacunas.

  4. Fotocopia de cédula de identidad del alumno (cara principal con fotografía).

  5. Fotocopia de cédula de identidad del apoderado (cara principal con fotografía).

  6. Fotocopia de documento que acredite domicilio.




Artículo

12:

El proceso de inscripción y/o postulación deberá ser efectuado por el padre y/o la madre, o tutor legal del postulante.

Para ello debe adquirir oportunamente una de las carpetas de postulación y conocer los requisitos de postulación establecidos en este Reglamento.



Solo en casos especiales, debidamente autorizados por el Rector o en quien se delegue tal función, se permitirá el ingreso de las carpetas sin contar con uno o más de los requisitos exigidos.



Artículo


13:

Una vez entregada la carpeta de postulación, no procederá la devolución de los pagos efectuados por efectos de postulación. Igualmente, una vez matriculado el postulante no procederá la devolución de los documentos entregados en la carpeta.




Capítulo 6

De la evaluación de los postulantes




Artículo

14:

La admisión de los alumnos postulantes a Prekinder estará centrada en verificar el grado de compromiso de los padres con el colegio y su propuesta educativa, por ello se bonificará o tendrán preferencia los postulantes de acuerdo a los siguientes criterios:

  1. Hijos de ex alumnos

  2. Hijos de funcionarios de la Obra Salesiana

  3. Hermanos en el colegio

  4. Apoderados actuales

  5. Apoderados antiguos

  6. Familia Católica




TÍTULO III: ADMISIÓN A PRIMERO MEDIO



Capitulo 7

De los requisitos de postulación




Artículo

15:

Los postulantes EXTERNOS a Primer Año Medio deberán presentar los siguientes requisitos académicos.

  1. Ser alumno de octavo año básico con promoción asegurada. El colegio no matriculará alumnos repitentes de primer año medio provenientes de otros colegios.

  2. Haber obtenido al término del primer semestre de octavo año básico un promedio general igual o superior a 5,5 (cinco coma cinco) y, un promedio general igual o superior a 6,0 (seis coma cero) en el caso de postular al HC.

  3. Haber obtenido al término del primer semestre de octavo año básico un promedio igual o superior a 5,0 (cinco coma cero) en cada uno de las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, y Ciencias Naturales, y, un promedio igual o superior a 6,0 (seis coma cero) en cada uno de las asignaturas antes mencionadas, en el caso de postular al HC.

  4. No haber sido ex - alumno separado del Colegio Salesiano por faltas al Manual de Convivencia Escolar.




Artículo

16:

Los postulantes a Primer Año Medio que hayan realizado y aprobado estudios equivalentes en el extranjero, deberán ser previamente convalidados ante el Ministerio de Educación y por la autoridad educativa pertinente, según la normativa vigente.






Artículo

17:

Los postulantes de cualquier nivel de estudios deberán cumplir con la presentación íntegra y oportuna de los documentos solicitados en la carpeta del postulante. El no cumplimiento de este requisito anula completamente su proceso de postulación, no dando lugar a reclamos posteriores o la solicitud de devolución de los valores pagados por el proceso de admisión.




Capítulo 8

De los documentos y del proceso de postulación




Artículo

18:

Los postulantes a Primer Año Medio deberán adquirir la carpeta de postulación, la cual deberán ingresar en el plazo señalado, adjuntando los siguientes documentos:

  1. Ficha de postulación completa.

  2. Certificado de nacimiento original del postulante.

  3. Fotocopia del Certificado Anual de Estudios de 7mo Básico.

  4. Fotocopia de libreta de notas de 8° Año Básico por ambos lados, que incluya Informe de Desarrollo Personal. Si no lo incluye, se debe presentar informe aparte.

  5. Fotocopia del certificado de estudios de ambos padres. En caso de poseer título profesional, adjuntar la fotocopia de éste.

  6. Fotocopia de cédula de identidad del alumno y del apoderado (cara principal con fotografía).

  7. Certificado de bautismo (si lo tiene)

Artículo

19:

El proceso de inscripción y/o postulación deberá ser efectuado por el padre y/o la madre, o tutor legal del postulante.

Para ello debe adquirir oportunamente una de las carpetas de postulación y conocer los requisitos de postulación establecidos en este Reglamento.

Solo en casos especiales, debidamente autorizados por el Rector o en quien se delegue tal función, se permitirá el ingreso de las carpetas sin contar con uno o más de los requisitos exigidos.


Artículo

20:

Una vez entregada la carpeta de postulación, no procederá la devolución de los pagos efectuados por efectos de postulación. Igualmente, una vez matriculado el postulante no procederá la devolución de los documentos entregados en la carpeta.




Capítulo 9

De la evaluación de los postulantes




Artículo

21:

Los postulantes a Primer Año de Enseñanza Media deberán rendir una prueba integrada de Comprensión Lectora y de Habilidad Matemática, más un Test integrado de habilidades generales y de Disposición a la Especialidad en el caso de postular a la enseñanza Técnico Profesional, o una prueba integrada de Historia y Ciencias en el caso de postular a la enseñanza Científico Humanista. Las fechas, horarios y temario específico se informarán en la carpeta del postulante.


Artículo 22:

Todos los alumnos de primer año medio y sus apoderados deberán realizar una entrevista con algún miembro del comité de admisión del colegio, en una fecha y hora debida y oportunamente señalada e informada.




Artículo

23:

A los postulantes a Primer Año Medio se les asignará un puntaje, además del de las pruebas rendidas, por el promedio de notas de 7° Básico y del primer semestre de 8° Básico, y otro por el resultado de la entrevista aplicada.








Capítulo 10

De la Admisión a las especialidades técnicas y científico humanista.


Artículo 24:

Las/los alumnas/os postulantes de Octavo Básico podrán adquirir la condición de alumnos regulares en primero medio en las áreas Técnico Profesional o Científico-Humanista del Colegio Salesiano Padre José Fernández Pérez. Este proceso consiste en la postulación y selección de alumnos que reúnan las capacidades, aptitudes y actitudes requeridas para iniciar estudios en las áreas TP o HC.


Artículo 25:

El Colegio Salesiano ofrece para el nivel de enseñanza media lo siguiente:


Área Técnico Profesional:

SECTOR

ESPECIALIDADES

Metalmecánico

  • Mecánica Industrial

  • Mecánica Automotriz

Electricidad

  • Electricidad

  • Electrónica

Administración y Comercio

  • Contabilidad

Y en el Área Humanístico-Científica




PLAN

SECTORES ASOCIADOS

Plan Humanista

  • Lenguaje y Comunicación

  • Filosofía

  • Historia

Plan Científico - Matemático

  • Matemáticas

  • Biología

  • Física


Artículo 26:

Se establecen dos modalidades para el ingreso de alumnos a Primero Medio:




  1. Alumnos provenientes de octavo básico del Colegio Salesiano.

Criterios y normas contenidas en reglamento interno de postulación a las especialidades.

  1. Alumnos provenientes de octavo básico de otros establecimientos.

De no completarse internamente la matrícula de 45 alumnos para la constitución de los Primeros Medios TP y HC, los alumnos y alumnas de octavo básico de otros establecimientos que deseen postular al Colegio Salesiano, deben someterse al proceso de admisión a primero medio establecido para ello, en los capítulos 7, 8 y 9 de este Reglamento.

Artículo

27:







Cada alumno, que cumpla con los requisitos, podrá indicar todas las opciones de postulación a las especialidades que el colegio ofrece: Electricidad - Contabilidad – Mecánica Industrial - Mecánica Automotriz – Electrónica y Científico-Humanista, las que se consideraran en orden de preferencia.



TÍTULO IV: NORMAS FINALES












Capítulo 11

De la información a los postulantes




Artículo

28:

La información sobre al avance del proceso de postulación de los alumnos, se efectuará según un cronograma contenido en la carpeta del postulante. En él se señalará día, lugar y hora de la publicación de las listas de alumnos, según el momento del proceso.
Estas listas no expresarán el puntaje de postulación y estarán organizadas sólo en orden alfabético.


Artículo

29:

La información sobre los resultados de la evaluación será inapelable, y no dará origen a reclamos o demandas posteriores a la información de los mismos.

La revisión de los instrumentos se podrá hacer sólo en el plazo estipulado en el cronograma de actividades de evaluación señaladas en la lista de seleccionados para el caso de 1ero Medio.



En ningún caso el apoderado podrá copiar, fotografiar o retirar los instrumentos de evaluación aplicados a los postulantes.




Artículo

30:

Los alumnos que se encuentren inscritos en la base de datos para postular a cursos intermedios, serán, ante la eventualidad de iniciarse un proceso de admisión para el nivel respectivo, contactados telefónicamente u otro medio idóneo, en su caso, para que en un plazo no superior a dos días inicien el proceso de postulación tal y como se ha descrito para los niveles de admisión regular.




Capítulo 12

De los compromisos de los postulantes




Artículo

31:

Los alumnos seleccionados para matrícula deberán, antes de quedar en posesión del cupo vacante respectivo, asumir y participar obligatoriamente de los siguientes actividades y compromisos:


  1. Asistir a reunión asamblea de apoderados de alumnos seleccionados con la Dirección del Colegio, cuyo horario y fecha se informará oportunamente en la carpeta del postulante.

  2. Suscribir los instrumentos necesarios para asegurar el compromiso de financiamiento compartido, que el Colegio dispondrá para cada apoderado nuevo, pudiendo ser este un pagaré u otro título bastante.




Artículo

32:

El no cumplimiento de los requerimientos contenidos en el artículo anterior, será considerado como un desistimiento de la postulación, por lo que se asignará el cupo vacante a otro alumno de la lista de espera.




Artículo

33:

La comunicación a los alumnos postulantes en lista de espera se realizará telefónicamente, u otro medio idóneo, en su caso.




Capítulo 13

De la matrícula de los postulantes




Artículo

34:

La matrícula de los alumnos admitidos y/o seleccionados se efectuará en el lugar, día y hora señalados en la carpeta del postulante; y se realizará según las normas y procedimientos estipulados, efectuándose los cobros de financiamiento compartido conocidos y permitidos por la autoridad educacional respectiva.




Artículo

35:

Al momento de efectuarse la matrícula el apoderado deberá adjuntar a la carpeta de postulación los siguientes documentos:

  1. Ficha de Matrícula.

  2. Contrato de prestación de servicios educacionales, en duplicado.

  3. Título de pago (Pagaré notarial u otro definido por el Colegio), que asegure el compromiso de pago del financiamiento compartido.

  4. Certificado de salud del alumno (habilitante para la realización de actividad física) o en su defecto, firmar documento de asunción de responsabilidad personal, por parte del apoderado.




Artículo

36:

La no concurrencia al proceso de matrícula en la fecha y hora señalada, será considerada como desistimiento, asignándose el cupo vacante a un alumno de la lista de espera.



Capítulo 14

De la matrícula de Alumnos Repitentes




Artículo

37:

El colegio no puede garantizar la existencia de cupos para todos los alumnos que repiten curso, dada la preferencia de que gozan los alumnos promovidos al respectivo nivel, por ello la matrícula de los alumnos repitentes se efectuará con la concurrencia de los siguientes requisitos:
a) Que existan cupos para el nivel respectivo.

b) Que el alumno y su apoderado hayan realizado el proceso de solicitud de cupo de repitente.



c) Que el alumno no sea repitente por segunda vez en el mismo nivel.


Artículo

38:

Para solicitar cupo de repitente, el apoderado deberá presentar formalmente una solicitud por escrito a la Dirección del Colegio. Estas solicitudes serán evaluadas de acuerdo a la conducta (Manual de Convivencia Escolar) y el grado de compromiso mostrado por el alumno y el apoderado respecto de las tareas escolares y se resolverán sólo después que el colegio haya cerrado el año lectivo y en el momento en el que se conozca la tasa real de aprobación y repitencia anual de cada nivel, para la determinación de cupos disponibles.
La comunicación de los alumnos repitentes aceptados se efectuará mediante la publicación de una lista en el Establecimiento.




Artículo

39:

La matrícula de alumnos repitentes se efectuará el día y hora de matricula de alumnos regulares. No obstante el colegio podrá convocar nuevos llamados a matricula si los cupos no fueren cubiertos.


Artículo

40:

La asignación de cursos de los alumnos repitentes se dará a conocer en forma definitiva al inicio del año escolar.




Capítulo 15

De la matrícula de Alumnos Regulares




Artículo

41:

Durante el mes de noviembre, mediante circular y en reunión de apoderados, se comunicarán las condiciones, fechas y horarios de matrícula para los alumnos regulares del colegio.
El no cumplimiento de alguno de los puntos de este proceso y la no concurrencia en la fecha y hora señalada por el colegio para los niveles respectivos, sin mediar información alguna de parte del apoderado entregada a la Dirección, libera el cupo de matrícula, asignándose la vacante a un alumno nuevo.



Capítulo 16

De las faltas y sanciones durante el proceso.




Artículo

42:

Toda acción que constituya o suponga falsificación de documentos, suplantación, fraude, entrega de información parcial o alterada maliciosamente, cometida en el proceso de admisión y matrícula sea por el apoderado o el alumno, dará lugar a la cancelación del proceso y a la exclusión de éste del alumno postulante, sin perjuicio de la denuncia de los hechos a la justicia ordinaria, en su caso.




Capítulo 16

De las Disposiciones finales




Artículo

43:

La Dirección del colegio se reservará el derecho de poder asignar bonificaciones especiales a los alumnos vinculados a la comunidad educativa, tales como:

  1. Hijos e hijas de miembros de la comunidad educativa.

  2. Niños, niñas y jóvenes provenientes de la casa de acogida Mamá Margarita. (Fundación Laura Vicuña).

  3. Otros alumnos derivados desde la red de colegios o instituciones Salesianas o de la Iglesia Católica.




Artículo

44:

Los aspectos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por la Dirección del Colegio.




1 Los cupos señalados se entienden sin perjuicio de la concurrencia de situaciones extraordinarias que, debidamente calificadas por el Colegio, importen su modificación, lo que se comunicará por cualquier medio público e idóneo.



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