Borrador de la sesión de la comisión de fomento celebrada el miércoles, 13 de noviembre de 2013



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Desde julio, efectivamente −no hay que negarlo−, de acuerdo con la política sanitaria de AENA, se obliga únicamente a tener medios de asistencia sanitaria en aquellos aeropuertos que tienen un flujo de más de ocho millones de pasajeros, a semejanza de otros aeropuertos de capitales más grandes que la provincia de Gerona en los que tampoco existe este servicio que pretende esta moción, pero existen otros procedimientos par garantizar la vida de las personas que puedan sufrir algún percance.

La política sanitaria de AENA no está hecha al albur, no está hecha por la decisión de un día ni por política empresarial, sino que sencillamente responde a la Organización de Aviación Civil Internacional, la OACI, y cumple sus prescripciones, que dice que se siga cumpliendo la asistencia sanitaria en los aeropuertos tanto en lo relativo a los primeros auxilios como en lo relativo al acuerdo para el traslado a centros médicos de la persona que haya podido sufrir alguna enfermedad o percance. El Estado español, señorías, cumple con sus convenios y el Estado español ha firmado el convenio de aviación civil que garantiza la atención primaria de urgencia, así como el transporte sanitario de urgencia mediante el régimen general de la Seguridad Social. Hoy en día saben todos ustedes que está transferido el servicio de sanidad a cada comunidad autónoma.

En definitiva, el aeropuerto de Gerona-Costa Brava tiene asistencia de primeros auxilios y está cubierta precisamente por la presencia de columnas de rescate cardiaco, y cinco desfibriladores semiautomáticos externos; además, el personal del aeropuerto ha sido formado para el uso de ese desfibrilador y para la atención de los primeros auxilios. Por tanto, no es que desde julio del año 2012 esté desprovisto de asistencia, no es que no haya una estructura o no se tenga capacidad para atender las incidencias, sino que todas estas incidencias se han resuelto de una manera normal, mediante la llamada al 112. Además, asiste el SEM, que depende del Servicio Catalán de Salud, magnifico por cierto, que desde luego actúa de acuerdo con las normas que están actualmente protocolizadas. Recuerdo que existe un premio denominado Segunda Oportunidad, que ha sido otorgado a AENA por el Consejo de Resucitación Cardiopulmonar, por haber sido atendidos todos los supuestos que ha habido.

Con respecto a la parte más triste −y creo que el señor Bruguera ha introducido una dosis de demagogia que el señor Medina ha desvinculado absolutamente−, hemos de decirle que efectivamente el día 1 de octubre falleció una pasajera británica pero, según los informes de que dispone AENA, falleció por causas naturales y la presencia del DUE desgraciadamente no hubiera podido evitar su fallecimiento en el aeropuerto. La atención prestada en todo momento fue la correcta de acuerdo a los protocolos del Servicio de Emergencias de Cataluña. Se desata el evento en esta turista británica y el Centro de Emergencias del Aeropuerto activa el protocolo y avisa al SEM, y este, evidentemente, cumpliendo los protocolos de actuación, se persona inmediatamente en el aeropuerto. Tarda nada más que diecinueve minutos, que está dentro de los estándares de actuación establecidos para atender estos supuestos. Un médico la atiende en ese ínterin haciéndola unos movimientos de reactivación cardiopulmonar; la familia a su vez es atendida, algo muy importante; se la aloja en el hotel Salles-Aeroport y se les deja un contacto con el SEM por si necesitan asistencia psicológica o de cualquier otro tipo. El consulado británico ha manifestado el agradecimiento por los servicios prestados.

Para concluir, señorías, la atención que se dispensa en el aeropuerto de Gerona-Costa Brava se lleva a cabo cumpliendo las normas que establece la OACI, con los debidos acuerdos para el traslado inmediato de los casos más graves a los servicios de atención médica competente convenidos de antemano. Los traslados, como he dicho, los realiza el SEM. La nueva política pública de AENA no ha supuesto la supresión de ninguna ambulancia del médico en el aeropuerto de Gerona-Costa Brava sino del servicio de enfermería desde el año 2004, y actualmente −para ya rematar esto− se está a la espera del informe definitivo de la autopsia de la turista británica, pero se entiende que falleció por causas naturales y que no hubiera podido evitar su fallecimiento desgraciadamente la presencia del DUE en el aeropuerto.

Por tanto, el Grupo Popular entiende que la política de AENA es correcta en la prestación de los servicios de primeras emergencias y va a votar en contra de la moción presentada por el Grupo Entesa pel Progrés de Catalunya.

Muchas gracias presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias senador Mateu.

Pasamos, por tanto, a la votación de las mociones en el orden en que han sido debatidas.


El señor FERNÁNDEZ ORTEGA: Le rogaría que votásemos, en primer lugar, la 340, la quinta que hemos debatido, si es posible.
La señora PRESIDENTA: La 340. ¿Están todos de acuerdo? (Asentimiento.) La votación va a ser muy rápida.

Votamos, en primer lugar, la moción 340 del Grupo Parlamentario Socialista en sus propios términos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado; votos a favor 8; en contra 16.
La señora PRESIDENTA: Por tanto, queda rechazada.

Votamos entonces ahora el resto de las mociones en el orden en el que las hemos debatido. En primer lugar, la moción 254 del Grupo Parlamentario Socialista que se vota en sus propios términos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado; votos a favor 8; en contra 15.
La señora PRESIDENTA: Queda, por tanto, rechazada.

Votación de la moción 271, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor 21; abstenciones, 1.
La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.

Votación de la moción 273, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado; votos a favor 7; en contra 15.
La señora PRESIDENTA: Queda, por tanto, rechazada.

Votación de la moción 302, del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado; votos a favor 7;en contra 15.
La señora PRESIDENTA: Queda, por tanto,rechazada.

Votamos, por último, la moción 350, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado; votos a favor 7;en contra 15.
La señora PRESIDENTA: Queda por tanto rechazada.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.


Se levanta la sesión a las catorce horas y cinco minutos.




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