LA DOBLE CONDICIÓN DE ESCLAVIZADOS Y CLANDESTINOS
En San Antonio del Zimití, en 1752, se adelantó un interesante proceso para
aprehender a la bozal María Josefa, quien había sido introducida ilícitamente
por el capitán Francisco Pérez
8
.
De acuerdo con la denuncia, el comando de búsqueda se dirigió al sitio de An-
gulo, “lugar apartado y metido en el desierto”. En este sitio no encontraron a la
esclava, y en su defecto capturaron a cuatro personas que la habían mantenido
escondida. De los diferentes procesos adelantados para este tipo de delitos,
se desprenden las vicisitudes que debían enfrentar los esclavizados de “ilícita
introducción”, pues a la carga que de suyo representaba el ser esclavizado,
había que agregarle el de estar escondido para evitar ser descubierto. Cuando
el referido comando llegó al sitio de Angulo, ya a María Josefa la habían cam-
biado de lugar en cinco oportunidades. Y a cambio del “favor” de esconderla
temporalmente, el que lo hacía obtenía el derecho de su servicio personal.
Teóricamente el contrabando era tipificado por la Corona como uno de los
8.
Ibídem
. f. 235.
Vicisitudes y Resistencias de los Esclavizados de “Ilícita Introducción”
en el Caribe Colombiano Durante el Siglo XVIII
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crímenes más horrorosos, de allí que una de las preguntas obligadas a los im-
plicados en todo proceso de comiso fue:
Si sabían del atroz delito y horrible culpa que cometían los que comer-
cian con cosas y géneros ilícitos, y que igual pena merecen los auxilia-
dores y fomentadores. También los que sabiendo callan y no dan parte
a los jueces
9
.
Ante la evidencia de ser contrabandista de esclavos, se dictó auto contra el
capitán y se determinó la recuperación de la esclava. Esto último no se pudo
concretar, pues este la había mandado a marcar a Ocaña en la provincia de
Santa Marta, en donde se había promulgado una ley para tal fin, y con esto
legalizar a los esclavos de contrabando.
Por estar enfermo al capitán se le arrestó en su “casa de habitación y se le con-
minó al pago de $ 2.000 de fianza, hasta que el virrey se sirviera de determinar
lo mejor. Pero el capitán suplicó que
Por su dilatada familia y la general epidemia de que está posesionada
la ciudad se le hace necesario salir a la calle a solicitar el medicamen-
to; por tal motivo suplica que el arresto se extiende a guardar carcela-
ria en todo el vecindario de la ciudad
10
.
La marca o el carimbo de los esclavizados, además de ser un castigo, y un im-
pacto sicológico porque se le notificaba la vida que le esperaba, fue esencial
-
mente el mecanismo que utilizaron tanto el Estado como los comerciantes de
9.
Ibídem
. f. 240.
10. MIRAMÓN, Alberto. “Los negros del Caribe”.
Boletín Historia y Antigüedades de la Academia Co-
lombiana de Historia
. Vol. XXXI, Nos. 351-352. Bogotá, enero-febrero de 1944.
Dolcey Romero Jaramillo • Luis Miguel Caro Barrios • Laineth Romero Echávez
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seres humanos para establecer la legalidad de los hombres negros. De acuerdo
con Alberto Miramón
11
:
Después de la llegada de los esclavos a Cartagena y del respectivo
examen médico, tenía lugar una escena que entonces nadie extraña-
ba, pero que hoy nos parecería la más desgarradora de todas: era el
“carimbeo” o “carimbo”, es decir la marca de esclavos, no ya con
hierro, sino con plata al rojo vivo, faena bárbara que corría por cuenta
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